El Dr. Mario Centurión, abogado de la Asociación de funcionarios de Aduanas (AFA) adelantó al periodístico Bajo La Lupa (Radio Nacional, 1130 am) que el próximo 20 de julio declararán en Fiscalía dos testigos clave en el caso que involucra al ex director nacional de Aduana, Enrique Canon.
Se trata de dos profesionales del Derecho, especializados en materia aduanera y que además han formado parte del área jurídica de la Dirección Nacional de Aduanas.
Según Centurión el caso es sumamente complejo porque el derecho aduanero es complejo y por ello la declaración técnica de estos dos testigos brindará luz sobre la discusión de fondo.
«Antes que se tome una decisión nos pareció pertinente que se le consulte a los que saben. Esos dos testigos son gente de trayectoria que tuvo participación en la elaboración de cuerpos normativos y en la elaboración de códigos comentados».
El caso:
El 2 agosto de 2019 el contador Enrique Canon presentó la renuncia como director Nacional de Aduanas, cuya solicitud fue aceptada. Esto ocurrió luego de que Francia incautara 600 kilos de cocaína y Alemania 4.500 kilos, en ambos casos, provenientes de Uruguay.
Canon ocupaba el cargo como director en el período 2010-2015. Fue designado por segundo período consecutivo por el presidente de la República, en ese entonces Tabaré Vázquez, el 3 de Marzo de 2015.
Desde abril de 2012 a Junio de 2014, ocupó la Vicepresidencia Regional de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para las Américas y el Caribe. El 8 de julio de 2017 fue electo Presidente del Consejo, órgano supremo de la Organización Mundial de Aduanas.
El 8 de Agosto de 2019, Enrique Canon, declaraba como indagado ante el fiscal especializado en Delitos Económicos, Enrique Rodríguez, sobre posibles beneficios otorgados a un despachante de Aduanas.
La denuncia del gremio, firmada el 11 de noviembre de 2018 por el presidente del sindicato aduanero Roberto Valdivieso y el secretario general del sindicato Basilio Pintos, solicitaba a la Fiscalía que investigara acciones presuntamente delictivas en la Dirección de Aduanas y la posible existencia de conjunción del interés público con el privado.
Pintos dijo que Canon autorizó a un despachante el ingreso de mercadería de gran porte en régimen de liberación anticipada, sin debidas garantías.
En una audiencia que se realizó durante dos horas, Canon, asesorado por el penalista Gonzalo Fernández, señaló que tenía potestades como titular de Aduanas para permitir el ingreso de esas mercaderías que fueron utilizadas para armar parques eólicos.
Y agregó que, en el marco de la ley de proyectos de inversión, el Ministerio de Economía y Finanzas analiza y restablece las exoneraciones tributarias para dichas importaciones. Sostuvo que, en caso de que la cartera no otorgara esas exoneraciones, la Aduana exigiría el pago al despachante de Aduanas.
Y si este no cumpliera, Aduanas podría ir contra la garantía que este operador deja en depósito para poder intervenir como agente. El sindicato denunció que las importaciones fueron millonarias y que la garantía que tenga la Aduana debe ser proporcional al monto de la mercadería que ingresa al país.
Canon negó cualquier vínculo con el despachante de Aduanas. El abogado del sindicato aduanero, Mario Centurión, dijo a la prensa que los argumentos que esgrimió la defensa y las declaraciones del indagado no desmienten los hechos denunciados.
Garantía «sui generis»
Según detalló el abogado de AFA este miércoles en Bajo La Lupa, el caso refiere al régimen de garantías que se habían aplicado en unas operaciones de exportación en admisiones temporarias donde a un despachante de aduana en particular se le aprobaba solicitudes de un tipo de garantía especial «sui generis» a sola firma y de carácter solidario.
La mercadería que ingresaba no salía del país.
Las admisiones temporarias de este ingreso de mercadería fueron en el marco del armado de los parques eólicos. Las cifras que se manejan en la denuncia presentada por AFA es de 93 millones de dólares.
En concreto, se quería ingresar mercadería a territorio uruguayo y como intermediario estaban los despachantes de aduanas.
El abogado de AFA recordó en Bajo La Lupa que cuando se habla de este tipo de exoneraciones tributarias se trata de un régimen de excepción y como tal debe tomarse con carácter restrictivo. Las exoneraciones tributarias por ser consideradas proyectos de inversión implican que no se paguen impuestos porque pueden favorecer la economía o inyectar capital al país.
La potestad de otorgar este tipo de exoneraciones la tiene el Poder Ejecutivo. Se trata de una decisión discrecional.
«Cuando la admisión temporaria termina siendo una importación definitiva se está manipulando una forma jurídica para burlar al fisco», sintetizó el Dr. Centurión.
El caso en concreto da cuenta que determinado despachante de aduana con un importador muy importante solicita a la DNA que le apruebe en el régimen de admisión temporaria la inclusión en este régimen excepcional de no pago de tributos. El punto es que el despachante presentó un recibo donde dice que se inició el trámite pero el MEF no se había pronunciado al respecto y mientras tanto para evitar demoras pidieron a la DNA la habilitación del régimen ofreciéndose el despachante de aduana como garante. Si devenía en importación definitiva y generaba tributo la única garantia era esa persona y su firma ante una operación estimada en millones.
La AFA desde 2010 como funcionarios públicos siguieron la normativa de denunciar ante sus jerarcas esas irregularidades en especial la discrecionalidad con que el director de aduanas otorgaba esas exoneraciones tributarias.
Uno de los argumentos que sostuvo la defensa del indagado es que además de tener potestades amplias, había que «flexibilizar» para facilitar el ingreso de capitales y proyectos de inversión.